Disputas contractuales y comerciales, demandas de compañías de tarjetas de crédito y de compradores de deudas, y cobro de sentencias.

Foto: Sasun Bughdaryan, Unsplash
Litigio civil
Representamos a personas y pequeñas empresas en demandas civiles en los tribunales de circuito y de circuito asociado (associate circuit) de la ciudad de St. Louis y los condados de St. Louis, St. Charles, Jefferson y Lincoln, desde la primera carta de reclamo hasta el juicio.
- Disputas contractuales y comerciales
- Cobro de dinero adeudado y ejecución de sentencias mediante embargo de salario o de cuentas (garnishment) y ejecución sobre bienes
- Defensa en demandas contra personas y pequeñas empresas
- Cartas de reclamo antes de demandar y negociación de acuerdos
¿Lo demandaron por una deuda?
Una demanda de una compañía de tarjetas de crédito, un banco o un comprador de deudas no es el final de la historia. Si no responde, el tribunal puede dictar una sentencia en rebeldía (default judgment), que puede llevar al embargo de su salario y de sus cuentas bancarias.
Cuando usted responde, la compañía que lo demandó tiene que probar su caso. Debe demostrar:
- Que es dueña de la deuda
- Que la cantidad que reclama es correcta
- Que presentó la demanda a tiempo, ya que las deudas antiguas pueden haber prescrito
Los cobradores de deudas también deben cumplir con la ley federal de Prácticas Justas en el Cobro de Deudas (Fair Debt Collection Practices Act). Las violaciones pueden darle a usted sus propios reclamos.
Revisamos la petición y los documentos que la respaldan, presentamos las defensas que correspondan, y negociamos o llevamos el caso a juicio.
¿Ya tiene una sentencia en su contra?
Podemos revisar si la sentencia se dictó correctamente, si hay exenciones que protegen parte de su salario o de sus bienes, y si es posible llegar a un acuerdo.
Hable con nosotros
Su primera consulta es gratuita. Llame al (314) 498-5005 o use nuestro formulario de contacto, y le responderemos en un plazo de 24 horas. Si le notificaron una demanda, anote su fecha de corte y traiga la citación y la petición a su consulta.